Pymes y autónomos malagueños podrán solicitar desde la semana próxima la subvención que el Ayuntamiento de Málaga va a poner en marcha para ayudar en gastos de todo tipo.
¿Quién lo puede solicitar?
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente convocatoria las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes, legalmente constituidas a fecha 1 de marzo de 2020, que reúnan los requisitos de las Bases 4
- Fecha de solicitud: En el plazo de VEINTE (20) DÍAS HÁBILES, a contar desde el día hábil siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga. De dicha publicación se dará información en el Portal de Internet del Ayuntamiento.
- Plazo de resolución: 3 Meses a contar desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
- Plazo de validez y recurso: Recurso de reposición sin efectos suspensivos en el plazo de un mes.
Documentación necesaria
Declaración Responsable, según modelo normalizado, firmada por la persona solicitante o su representante. Documentación acreditativa de la base 4.1.c. declaraciones anuales de IVA (años 2019 y 2020). Solamente en el caso de encontrarse en la situación de no estar obligado tributariamente a presentar dichas declaraciones, podrá omitirse dicha documentación aportando declaración jurada de las circunstancias (modelo que se incorporara como anexo) y aportando otra documentación admitida en derecho como medio de prueba (entre otros facturas emitidas a nombre y CIF del beneficiario relativos a gastos afectos a la actividad que no haya podido cubrir con ingresos al haber caído éstos. Certificado de declaración censal que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y el local de desarrollo de la actividad.
¿Cómo realizar el trámite?
Procedimiento con certificado digital:
- Es requisito previo tener instalado un certificado de usuario en el navegador y cumplir con el resto de requisitos de uso de Mi Carpeta: ver requisitos.
- Acceda al trámite: Convocatoria de subvenciones de concurrencia competitiva para PYMES de comercio minorista y hostelería a través de MI CARPETA.
- Iniciar la tramitación, cumplimentación y firmado la solicitud on-line.
- Consultar en la página web municipal y/o en el tablón de edictos del ayuntamiento los listados provisionales de entidades propuestas como beneficiarias, de solicitantes que no cumplen los requisitos y de solicitantes que no han aportado la totalidad de la documentación requerida.
- Trámite de alegaciones y subsanación en caso de disconformidad a los listados provisionales a través de MI CARPETA.
- Consultar en la página web municipal y/o en el tablón de edictos electrónico del ayuntamiento el acuerdo de Junta de Gobierno Local por el que se resuelve la convocatoria.